El Banco Santander ha sido condenado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cáceres a reembolsar a una clienta los 11.448 euros que le fueron robados de su cuenta corriente en un caso de fraude debido a una falla en su sistema de seguridad.
La actora detectó una serie de transacciones no autorizadas en su cuenta bancaria y de inmediato informó a la entidad y presentó una denuncia en la comisaría. El banco desactivó su tarjeta de crédito, pero al día siguiente se produjeron más cargos fraudulentos en Moscú mientras aún no tenía la nueva tarjeta. El total de los cargos no autorizados ascendió a 11.448 euros, pero el banco solo reembolsó las compras realizadas en Moscú.
La demandante presentó una queja argumentando que, según el Real Decreto 19/2018, las regulaciones bancarias obligan al proveedor de servicios a asumir los riesgos asociados al servicio que brinda, en el caso de pagos no autorizados por el cliente. Sin embargo, el banco rechazó su reclamo. La sentencia destaca que el Banco de España se ha pronunciado en contra de esta actuación, considerándola contraria a las prácticas financieras éticas.
A pesar de reconocer que la demandante fue víctima de un ataque de phishing, el Banco Santander atribuye la responsabilidad a la negligencia de la clienta en la custodia de sus claves y considera que no hubo ningún fallo en su sistema de seguridad.
Según la normativa y los precedentes judiciales, la entidad bancaria es responsable a menos que el usuario haya violado las reglas establecidas, no haya notificado a la entidad o haya actuado de manera negligente, algo que el banco debe demostrar. Además, deben considerarse los «artículos 1281 y siguientes del Código Civil y el principio de interpretación a favor de la parte más débil en la relación contractual». La historia presentada por la demandante es creíble y se ha mantenido consistente a lo largo del tiempo.
La demandante asegura que no recibió ningún correo electrónico o mensaje de texto que le solicitara autorizar las transacciones bancarias.
En su sentencia 1/2023, el juzgado determinó que la demandante «presentó pruebas suficientes para demostrar que actuó con diligencia en la custodia de sus claves, ya que incluso aportó pruebas documentales de que no recibió mensajes de texto. Además, notificó de inmediato al banco sobre los cargos realizados, y a pesar de ello, el banco permitió que se siguieran realizando cargos». El juzgado también afirmó que «el sistema de seguridad del Banco Santander falló en el caso en cuestión, y no se presentó ninguna prueba de negligencia en la custodia de la tarjeta o incumplimiento de las obligaciones, como sostiene la demandada».
El Banco Santander es condenado a devolver la cantidad sustraída a una clienta por cargos fraudulentos y se le imponen las costas, en una sentencia recurrible en apelación. Esta resolución sigue la línea de otra sentencia que condenó a Unicaja Banco por un caso similar de estafa.
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